El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó la revisión judicial que presentó Gothams Energy, LLC, contra el proceso de licitación y adjudicación de un contrato para la generación de 800 MW de electricidad de emergencia. La sentencia, emitida este jueves, concluyó que el caso perdió su carácter contencioso y se tornó académico, dado el inicio de un nuevo proceso de licitación. En consecuencia, cualquier remedio judicial carecería de efectos prácticos.
El fallo se produce luego de que, el pasado 9 de julio, el Tribunal paralizara la contratación de la empresa Power Expectations para la generación de energía temporal, tras la impugnación de Gothams Energy. El panel de jueces —Carlos Salgado Schwarz, Carlos Candelaria Rosa y José Monge Gómez— ordenó en ese momento la suspensión de los procedimientos y concedió a las partes hasta el 21 de julio para responder a los planteamientos.
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Gothams Energy alegó “graves deficiencias e irregularidades que comprometieron el proceso de subasta”, describiéndolo como “plagado de irregularidades, incoherencias, actuaciones arbitrarias y violaciones flagrantes de los derechos de Gothams, las leyes aplicables y la Constitución de Puerto Rico”. También denunció falta de transparencia y calificó como “prematura e injustificada” su eliminación como proponente.
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Al mismo tiempo, Javelin Global Commodities US Holdings Inc. también impugnó el proceso y solicitó al Negociado de Energía anular la aprobación condicional del contrato con Power Expectations. En su moción, Javelin acusó a la AEE y a su agente de contratación de ignorar garantías procesales, retener registros clave, incumplir obligaciones de confidencialidad y aceptar una propuesta “incompleta y no cualificada”. A su juicio, las irregularidades acumuladas socavaron la integridad del proceso y comprometieron la posibilidad de lograr una contratación justa y confiable para suplir energía de emergencia en la isla.
La Oficina de Adquisición de Proyectos Públicos Privados (3PPO), que representa a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas y Genera PR, LLC, notificó el 16 de junio la adjudicación del RFP número 3PPO-0314-20-TPG, que buscaba propuestas para suplir los 800 MW de generación de emergencia.
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Posteriormente, el Negociado de Energía ordenó que cualquier contrato adjudicado bajo esa RFP debía tener un término fijo de diez años y una tarifa distinta a la originalmente evaluada. Ante ese cambio sustancial, la 3PPO reabrió el proceso de licitación el 12 de julio, sin considerar la adjudicación inicial a Power Expectations.
El Tribunal ordenó el 14 de julio que los recurridos presentaran evidencia de la reapertura del proceso y de la nulidad de la adjudicación impugnada. La 3PPO cumplió el 16 de julio con una Moción que incluyó un “Notice of Opportunity to Submit Revised Proposal” dirigido a todos los licitadores, junto a capturas de pantalla del sistema “PowerAdvocate” que evidenciaron el cierre del evento original y el inicio del nuevo proceso, identificado como RFP 3PPO-0314-20-TPG2.
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Frente a ese panorama, el Tribunal concluyó que la controversia se tornó académica al comenzar un nuevo proceso competitivo para seleccionar a la empresa encargada de proveer los 800 MW de capacidad de generación.